Declaración responsable de los hosteleros que quieran ampliar la zona de terraza
Publicada el 31/05/2020 a las 08:00 en la sección de Ayuntamiento, Economía, Sanidad
El la Junta de Gobierno Local del pasado 21 de mayo, se aprobaron las Disposiciones Generales para la Instalación de Terrazas de Hostelería en la Vía Pública en el Municipio de Santa María del Páramo, como se puede ver en el punto 5 del acta de la sesión (disponible en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Santa María del Páramo).
Estas disposiciones generales, son temporales, hasta que se apruebe una nueva ordenanza para regular las terrazas, dado que la anterior ha sido derogada, con el propósito de suprimir la tasa por ocupación de la vía pública con mesas, sillas y otros mobiliarios propios de una terraza de hostelería.
Estas disposiciones generales se enmarcan en la normativa de ámbito estatal dictada por el Gobierno durante la vigencia del estado de alarma, actualmente al estar en Fase 1 del desconfinamiento, por la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo.
En esta orden se dice que las terrazas deberán de tener, en Fase 1, como máximo el 50% del número de mesas permitidas el año anterior según la licencia municipal otorgada, manteniendo un mínimo de 2m entre mesas o grupos de mesas. En la orden también se indica que los Ayuntamientos pueden otorgar permisos para ampliar la superficie de terraza y así aumentar el número de mesas, para lo cual el Ayuntamiento solicita a los hosteleros que presenten una declaración responsable firmada y a la que deben adjuntar un plano a escala 1:100 con la situación del mobiliario de la terraza.
El modelo de Declaración Responsable será similar al que podéis ver debajo de estas lineas, confeccionado con el texto que aparece en el acta de la Junta de Gobierno Local, pero que carece de validez legal.
Para más información sobre esta declaración responsable puedes ponerte en contacto con el Ayuntamiento de Santa María del Páramo a través de los medios habituales de contacto.
Los puntos a los que se comprometen los hosteleros, y que aparecen en la Declaración Responsable son:
- Que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de diez personas por mesa o agrupación de mesas.
- Que se compromete a la limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro. Asimismo, se compromete a dejar limpia y desinfectada la zona ocupada una vez terminado el servicio y recogido el mobiliario.
- Que se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, se evitara el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
- Que pone a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
- Que se compromete a evitar el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares. Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
- Que eliminará productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
- Que la ocupación máxima de los aseos será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Procederá a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.
- Hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Haber hecho efectiva la contratación/renovación de póliza del seguro de responsabilidad civil e incendios que incluye expresamente la actividad objeto de la autorización.
- Que acompañando a esta declaración responsable aporta un plano a escala 1:100 con la nueva disposición del mobiliario (también a la misma escala) indicando en su propuesta los distintos accidentes urbanos (farolas, papeleras, vados…) que puedan verse afectado dentro del nuevo perímetro de la terraza, así como resaltando las distancias circundantes de separación de dos metros entre mesas, o en su caso, agrupaciones de mesas.
- Autorización (en su caso) de colindantes para el uso del espacio afectado, debiendo quedar expedito el paso de portales de viviendas, así como salidas y entradas de comercios y garajes.
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